Nuestros Servicios
Instituciones educativas.
Un colegio privado decide todos los días: contrata docentes, sanciona estudiantes, cobra pensiones y responde a la secretaría de educación. Cada una de esas decisiones tiene hoy una regla nueva y varias tienen plazo vencido. Alterius acompaña a colegios y jardines infantiles como asesor jurídico externo, de manera virtual y para todo el país, en dos modalidades: por documento puntual, cuando la institución necesita resolver algo concreto, o con acompañamiento permanente, cuando prefiere tener el abogado antes del problema y no después.
El sector, en cuatro cifras
Cifras del Ministerio de Educación Nacional (2024), el DANE (Educación Formal 2024) y los reportes de los gremios del sector, 2025 y 2026.
Lo que la ley le exige hoy
Tres frentes que cambiaron en los últimos dos años y que ya tienen consecuencia.
1. En lo laboral
- La Ley 2466 de 2025 reescribió el procedimiento disciplinario y ordenó actualizar el Reglamento Interno de Trabajo dentro de los doce meses siguientes a su vigencia: ese plazo venció el 25 de junio de 2026.
- Sancionar o despedir con el procedimiento anterior expone la decisión a ser anulada, además de las multas de uno a cinco mil salarios mínimos del artículo 486 del Código Sustantivo del Trabajo.
- La misma ley fijó un tope de cuatro años a los contratos a término fijo, trasladó el inicio de la jornada nocturna a las 7:00 p. m. y elevó el recargo dominical al 90% desde julio de 2026.
2. En la convivencia escolar
- La Ley 1620 de 2013 obliga a revisar cada año el manual de convivencia, y desde 2020 cinco leyes nuevas —escuelas de padres, uso de dispositivos, educación socioemocional, acoso sexual y salud mental— exigen incorporarle contenidos.
- La Corte Constitucional anuló en diciembre de 2025 y en enero de 2026 sanciones impuestas por colegios cuyos manuales y procedimientos no garantizaban el debido proceso.
- Incumplir la Ruta de Atención Integral tiene sanciones propias: amonestación pública, clasificación en régimen controlado de tarifas y, en el extremo, cancelación de la licencia de funcionamiento.
3. En el recaudo
- Cobrar las pensiones es lícito, pero la Ley 2300 de 2023 limita los canales y los horarios de cobranza y prohíbe contactar a terceros.
- La Ley 1650 de 2013 sanciona con 50 a 100 salarios mínimos la retención indebida de títulos cuando la familia acredita imposibilidad de pago.
- Sin un contrato de matrícula bien redactado, el colegio no tiene título ejecutivo para cobrar lo que le adeudan.
Servicios individuales
Cuando la institución necesita resolver un documento concreto.
Cada servicio se entrega terminado y se paga a la firma del contrato, que se suscribe por un período mínimo de seis meses. Todos los valores incluyen IVA.
| Servicio | Comprende | Valor |
|---|---|---|
| Contratos laborales | Minutas para el personal docente, administrativo y de servicios, con revisiones y otrosíes durante los 30 días siguientes | $1.000.000 |
| Reglamento Interno de Trabajo | Ajustado a la Ley 2466 de 2025, la Ley 2365 de 2024 y la Resolución 3461 de 2025, con sesión de socialización | $1.500.000 |
| Manual de convivenciamodificación | Actualización del manual existente frente a la Ley 1620 y a las leyes posteriores a 2020, con ajuste de la Ruta de Atención Integral | $2.000.000 |
| Manual de convivencianuevo | Elaboración desde cero con participación de la comunidad educativa, redacción y adopción por los órganos de la institución | $3.000.000 |
| Contrato de servicios educativos | Minuta de matrícula, pagaré con carta de instrucciones y autorización de tratamiento de datos del menor | $1.000.000 |
| Cobro de cartera | Solo cartera con mora superior a 90 días. Se remunera sobre lo efectivamente recaudado: 10% en cobro prejurídico, 15% con mora mayor a 180 días y 20% en cobro jurídico | a éxito |
Deslice la tabla para ver los valores →
Acompañamiento mensual
Cuando la institución prefiere tener el abogado antes del problema.
Un profesional del Derecho queda designado como abogado de cabecera de la institución. La mensualidad se paga dentro de los cinco primeros días de cada mes con factura electrónica y se contrata por un período mínimo de seis meses, con los documentos entregados de forma escalonada durante ese plazo.
| Plan | Comprende | Valor mensual |
|---|---|---|
| Plan Institucional | Todos los servicios individuales anteriores salvo el cobro de cartera —contratos laborales, Reglamento Interno de Trabajo, actualización del manual de convivencia y contrato de servicios educativos—, entregados de forma escalonada durante los seis meses. Incluye además la regularización laboral del personal: revisión de cómo está vinculado hoy cada docente, administrativo y empleado de servicios, identificación de las vinculaciones que representan riesgo y plan de saneamiento. Comprende también asesoría jurídica permanente, respuestas a acudientes y requerimientos, acompañamiento al comité escolar de convivencia y una reunión virtual al mes. | $700.000 |
| Plan Institucionalcon cartera | Todo lo del plan anterior y, además, la gestión completa de la cartera con mora superior a 90 días —diagnóstico, requerimientos, acuerdos de pago, cobro prejurídico y jurídico— con tarifa preferencial sobre lo efectivamente recaudado: 8% cuando la mora está entre 90 y 180 días, 12% cuando supera los 180 días y 15% cuando el cobro pasa a la vía judicial. Incluye representación en tutelas y requerimientos administrativos. | $1.400.000 |
Deslice la tabla para ver los valores →
Todos los valores incluyen IVA. Los honorarios no incluyen los gastos y expensas de los procesos judiciales ni los viáticos por desplazamientos fuera de Bucaramanga y su área metropolitana. El servicio se presta de manera virtual, en el marco de un contrato de prestación de servicios profesionales entre la institución educativa y Alterius — Estudio Jurídico S.A.S.; la obligación del estudio es de medio y no de resultado. La contratación es por un período mínimo de seis meses, tanto en los servicios individuales como en los planes: ese plazo es el que permite que la mensualidad incluya todos los servicios. Si el contrato termina antes de cumplirse, se liquida la diferencia entre lo pagado y el valor de los documentos entregados. El cobro de cartera se remunera únicamente sobre lo efectivamente recaudado y solo se gestiona cartera con mora superior a 90 días.